Casación No. 479-2011

Sentencia del 18/01/2013

“...Luego indicó la citada Sala: que los documentos al momento de su emisión, generaron ingresos exentos del pago del impuesto sobre la renta, estos documentos justificaron las inversiones de la entidad contribuyente, en títulos valores; que la exención otorgada por ley, es inherente a los títulos valores (bonos) siendo claramente manifiesto el hecho de la exención de la cual gozaban, tanto al momento de su creación como en el futuro, no importando la forma de negociación ni quién sea el tenedor de los mismos, debido a que este beneficio no favorecía al tenedor o propietario sino al título en sí; luego el Tribunal arribó a la conclusión que las inversiones efectuadas por la demandante (o sea la entidad Banco Continental, Sociedad Anónima, sujeto pasivo) que posteriormente se denominó Banco G&T Continental, Sociedad Anónima, y que fueron motivo del ajuste, se efectuaron en títulos exentos, de donde el mismo devino improcedente. Vemos claramente que la Sala sentenciadora se refiere nuevamente a la entidad contribuyente, y en cuanto a los documentos en sí (bonos), indicó que al invertir en los mismos, la entidad contribuyente obtuvo ingresos exentos del pago del impuesto sobre la renta...”